Revista Así - Información de Fondo Revista Así - Información de Fondo
Revista Así - Información de Fondo
Revista Así - Información de Fondo
Volver a la página principal Editorial Entrevistas Reportajes Artículos Columnas Nosotros Contacte con nosotros

Periódico El Regional. 1959.

"No me importa ser juzgado por el peor de mis enemigos, siempre y cuando sea mediante un juicio público": Charles Louis de Secondat 'Montesquieu'

Están contemplados en las leyes actuales,
y en Hermosillo se realizó uno desde 1959

Juicios orales, AHORA Y DESDE ANTES

Los juicios orales son vistos en Sonora como una posibilidad novedosa e interesante, pero pocos -fuera de algunos profesionales del Derecho- reparan en que las leyes ya contemplan esa posibilidad en materia agraria, laboral y civil sonorense sobre alimentos y, lo que es más, casi nadie recuerda o sabe que en Hermosillo ya se han realizado juicios en los que participa un jurado popular, lo que implica necesariamente la oralidad del proceso.

Tal fue el caso del juicio que la mañana del sábado 13 de junio de 1959 se ejecutó contra el jefe de la oficina de telégrafos en Vícam (de iniciales AMSO), por haber desviado recursos por 9,937 pesos con 58 centavos.

El empleado federal se declaró culpable, explicando que ese dinero lo necesitó para atender la enfermedad grave de una de sus hijas. Pero no obstante haber confesado el delito de peculado, un jurado popular integrado por siete ciudadanos (más siete suplentes) seleccionados de entre 49 personas, lo declaró inocente y fue puesto en libertad tras haber estado preso 20 meses en la cárcel de Ciudad Obregón.

De estos y otros detalles previos dio cuenta el periódico El Regional, de Hermosillo, en cuya edición del 26 de mayo de aquel año el periodista Jorge Cejudo informaba sobre la posibilidad de que en la capital de Sonora se realizara el primer juicio con jurado popular en su historia, y narraba la polémica que ese sistema despertaba entre la sociedad.

Cejudo dio seguimiento al asunto, y el 27 de mayo publicó opiniones de varios abogados que en el anonimato de sus declaraciones advertían que, las más de las veces, con los jurados populares se terminaba absolviendo a los inculpados.

Y fue eso precisamente lo que ocurrió con el mencionado empleado de telégrafos. El domingo 14 de junio de 1959, el periódico El Regional publicó en su primera plana el veredicto absolutorio para el personaje en cuestión, detallando que "a los jurados se les planteó una cuestión de tipo humanitario y otra de tipo legal", la cual resolvieron tras deliberar más de media hora, según asentó el diario.

Los siete jurados de ese caso fueron: Jorge Orozco y Girón, Joaquín Suárez, Casimiro Estrada, Roberto Molina, Rafael Moraga, Gerardo Medina y Fernando Palafox.

El fiscal fue el Agente del Ministerio Público licenciado Luis Torres Gómez, en tanto que el licenciado Carlos Bravo tuvo a su cargo la defensa del acusado, quien por decisión del Juez Primero de Distrito no estuvo presente en el proceso.

JUICIOS CON JURADO EN LA ACTUALIDAD
El inciso sexto del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece como garantía el ser juzgado "...en audiencia pública por un juez o jurado de ciudadanos que sepan leer y escribir, vecinos del lugar y partido en que se cometiere el delito, siempre que éste pueda ser castigado con una pena mayor de un año de prisión....".

En tanto, el Código Federal de Procedimientos Penales señala en su capítulo segundo el "Procedimiento relativo al jurado popular", abarcando tal tema desde el artículo 308 hasta el 350.

Inicio Siguiente
Revista Así, información de fondo.
Editada por Servicios Informativos del Noroeste, S.A. de C.V.
Gustavo Muñoz No. 15, esquina con Callejón Campeche.
Hermosillo, Sonora, México. CP 83180
Tels. (662) 218-86-17, 218-66-71 y 216-59-29